No estoy de acuerdo con tu afirmación.
Ese articulo de la constitución está expresado de forma genérica.
“Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional.”
Cuando habla de “circulación”, no se refiere a vehiculos,... si no a libre movimiento de personas.
Tu comparación es como decir que “Que no me dejen entrar en la camara acorazada del banco, va contra el articulo 19”,... llevándolo al absurdo.
O que “Quiero circular por el carril contrario porqué también es territorio nacional”.
Hay muchas restricciones de circulación. Esa solo es una más.
Otra cosa es que te gusten o no una restricciones u otras.
Es ya opinable.