Bola de Remolque

Dave

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Buenas , tengo un gran problema , hoy he ido a poner BOLA ENGANCHE DESMONTABLE HIPERENGANCHES , lo cual es una empresa muy conocida que monta a todas las marcas habidas y cuando ve el de recepción, me dice que tienes un problema tu coche no pone en Ficha técnica el Indice de carga que puede llevar , me dice que no lo entiende, en ITV me dicen que pida un informe a SKODA para ver porqué se ha omitido poner la M.MA ( pesos a arrastrar y en mi concesionario me dicen que hay que hacer una FICHA TECNOCA REDUCIDA ,eso son otros 200 pavos, a ver si alguno de vosotros le ha pasado o si hace el favor en vuestro vehículo lo pone o no lo pone . Yo tengo un 1.6 . Gracias
El F.2, no?

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BANDIDO

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1.5 TSI 150 CV DSG
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Buenos días ,acabo de hacerle fotos a la ficha y os la paso , veis que en lo que se refiere a MMA no viene nada, a ver alguno de los que tengáis un 1.6TDI manual no os aparece , a día de hoy no puedo poner bola a no ser que haga otra FICHA REDUCIDA , que serían minimo 200 lereles más , eso es lo que dicen en el concesionario y si no es así voy a por los de SKODA.15603255696826929114352776413720.jpg
 

BANDIDO

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Dave

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Si te das cuenta yo desde el punto F.2 AL O no tengo nada
El F.2 si que tienes valor.
De los O, no tienes,...

Eso es. @BANDIDO lo ha expresado mal. Es el MMR lo que no tiene. Por lo tanto no puede montar bola.
Debe ser eso. Que no te piden el MMA, si no el MMR.

...

Acabo de leer que se produjo un Cambio Normativo (normativa para la legalización de los enganches de remolques) el día 1 de septiembre de 2018, con las siguientes consideraciones:

1 -Informe de conformidad: Debe de indicarse expresamente el MMR (Masa Máxima Remolcable) del enganche tanto con freno como si freno, para lo que es necesario ahora facilitar también MMA (F.1), MMR C/F y S/F (O.1.3 y O.1.4) del vehículo. Por lo que recomendamos que revisen si el MMR del enganche es suficiente.

2-En los vehículos con Masa Máxima superior a 3.500kg, que se instale un enganche de remolque, requerirán un Informe de Conformidad emitido por un Servicio Técnico de Reformas (anteriormente “Laboratorios”).

3- En los casos que el MMR del enganche resultante del cálculo sea más desfavorable que el del propio vehículo, es probable que se solicite un Proyecto/Informe de laboratorio.

4- Si un vehículo ha sufrido una reforma previa al montaje del enganche de remolque (Defensas delanteras, estribos, cabestrantes, incluso se comenta que en algunos casos tendrá esta consideración el cambio de servicio, etc) se necesitara un Informe de laboratorio, aunque ya este la reforma reflejada en la ficha técnica.

...

Edit: Por cierto,.. yo tengo valores solo en O.1.3 y O.1.4

Iba a decir que quizás es un tema de legalización del Modelo 1,6,... pero @Xema tiene el mismo vehículo y si que tiene valores de O.1.3 y O.1.4.
Quizás es un error del concesionario a la Hora de tramitar la Ficha Técnica,... y no se si reclamable al mismo.
 

Xema

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Gris Cuarzo Met.
El F.2 si que tienes valor.
De los O, no tienes,...



Debe ser eso. Que no te piden el MMA, si no el MMR.

...

Acabo de leer que se produjo un Cambio Normativo (normativa para la legalización de los enganches de remolques) el día 1 de septiembre de 2018, con las siguientes consideraciones:

1 -Informe de conformidad: Debe de indicarse expresamente el MMR (Masa Máxima Remolcable) del enganche tanto con freno como si freno, para lo que es necesario ahora facilitar también MMA (F.1), MMR C/F y S/F (O.1.3 y O.1.4) del vehículo. Por lo que recomendamos que revisen si el MMR del enganche es suficiente.

2-En los vehículos con Masa Máxima superior a 3.500kg, que se instale un enganche de remolque, requerirán un Informe de Conformidad emitido por un Servicio Técnico de Reformas (anteriormente “Laboratorios”).

3- En los casos que el MMR del enganche resultante del cálculo sea más desfavorable que el del propio vehículo, es probable que se solicite un Proyecto/Informe de laboratorio.

4- Si un vehículo ha sufrido una reforma previa al montaje del enganche de remolque (Defensas delanteras, estribos, cabestrantes, incluso se comenta que en algunos casos tendrá esta consideración el cambio de servicio, etc) se necesitara un Informe de laboratorio, aunque ya este la reforma reflejada en la ficha técnica.

...

Edit: Por cierto,.. yo tengo valores solo en O.1.3 y O.1.4

Iba a decir que quizás es un tema de legalización del Modelo 1,6,... pero @Xema tiene el mismo vehículo y si que tiene valores de O.1.3 y O.1.4.
Quizás es un error del concesionario a la Hora de tramitar la Ficha Técnica,... y no se si reclamable al mismo.
Como ya he comentado anteriormente, mi conce tuvo que cambiar un Karoq después de su venta e instalación a posteriori del enganche , ya que al pasar la itv del enganche no se lo homologaban,
 

BANDIDO

Forero Habitual
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Como ya he comentado anteriormente, mi conce tuvo que cambiar un Karoq después de su venta e instalación a posteriori del enganche , ya que al pasar la itv del enganche no se lo homologaban,
Que ******es!!

El F.2 si que tienes valor.
De los O, no tienes,...



Debe ser eso. Que no te piden el MMA, si no el MMR.

...

Acabo de leer que se produjo un Cambio Normativo (normativa para la legalización de los enganches de remolques) el día 1 de septiembre de 2018, con las siguientes consideraciones:

1 -Informe de conformidad: Debe de indicarse expresamente el MMR (Masa Máxima Remolcable) del enganche tanto con freno como si freno, para lo que es necesario ahora facilitar también MMA (F.1), MMR C/F y S/F (O.1.3 y O.1.4) del vehículo. Por lo que recomendamos que revisen si el MMR del enganche es suficiente.

2-En los vehículos con Masa Máxima superior a 3.500kg, que se instale un enganche de remolque, requerirán un Informe de Conformidad emitido por un Servicio Técnico de Reformas (anteriormente “Laboratorios”).

3- En los casos que el MMR del enganche resultante del cálculo sea más desfavorable que el del propio vehículo, es probable que se solicite un Proyecto/Informe de laboratorio.

4- Si un vehículo ha sufrido una reforma previa al montaje del enganche de remolque (Defensas delanteras, estribos, cabestrantes, incluso se comenta que en algunos casos tendrá esta consideración el cambio de servicio, etc) se necesitara un Informe de laboratorio, aunque ya este la reforma reflejada en la ficha técnica.

...

Edit: Por cierto,.. yo tengo valores solo en O.1.3 y O.1.4

Iba a decir que quizás es un tema de legalización del Modelo 1,6,... pero @Xema tiene el mismo vehículo y si que tiene valores de O.1.3 y O.1.4.
Quizás es un error del concesionario a la Hora de tramitar la Ficha Técnica,... y no se si reclamable al mismo.
Si veo que es el mismo , no se si su trasmisión es automática, el mío manual pero no creo que eso influya , espero que algún otro compañero se pronuncie para así reclamar a quien haya que hacerlo , desde luego con los perjuicios que acarrea....
 

Losmen

Forero Experto
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Aver, yo puse bola a posterior y es el O.1.3 y O.1.4, remolcable con freno y sin freno, es justo lo que me han incluido en la documentación después de pasar ITV, si no tienes esos valores o te lo homologan desde la casa con otro documento o te quedas sin bola creo yo.
 
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