Extintor bajo de la asiento de copiloto

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Theo

Forero Novato
Motor
1.5 TSI 150 CV DSG
Versión
Sportline
Hola a todos!

He comprado un Skoda Karoq recientemente y bajo del asiento de copiloto tiene montado un extintor y no el típico cajoncito con las paraguas.
El vendendor pareció soprendido y no me ha dado ninguna explicación.

Alguien le ha pasado lo mismo y tiene alguna explicación?

No es algo que molesta solo que me gustaría saber porqué hay esta diferencia...

Gracias!
 
@Theo Enhorabuena por tu reciente compra, espero que algún compañero te pueda ayudar, no es obligatorio pero se agradece que antes de preguntar te presentes en el lugar adecuado. Saludos desde Málaga
 
¿Lo has comprado nuevo y ha venido de fábrica?

Yo creo que estamos todos muy quemados o a punto de explotar, y no está de más tener a mano un extintor por si entramos en combustión espontanea.
Tambien sirve para romper un cristal y poder salir(o entrar), acariciar alguna crisma, o si el subwoofer o el ampli empiezan a humear.

Creo que me voy a poner uno yo también, es como una navaja Suiza :D
 
He leído todos los mensajes y el de sparki me he gustado mucho,
" ahora que con eso tan pequeño como sepas donde apuntar , sacar el seguro y en nada se acaba el extintor.... "
Yo también compre el vehículo con bola y traía un paraguas. En mi caso utilizo un pequeño remolque muy a menudo, y desde siempre he llevado extintor, más que nada por 200 pavos de multa. por esto en mi mensaje pregunté si adquirió el vehículo con bola de enganche.
 
Pues yo adquiri el coche con bola de fabrica y no traia extintor , tengo un remolque de 750 kg max. y nunca he llevado extintor , no sera mas que nada para lo que llevan freno de inercia?
Por si calientan......no se...:thumbsdown:
 
Yo una vez alquilé un coche en bélgica y traia un extintor debajo del asiento del copiloto no se si puede tener ese origen
 
Todos los remolques y semiremolques están obligados a llevar extintor 200€ de multa.
La norma que nos obliga a llevar el mencionado dispositivo nos la encontramos en el Reglamento General de Vehículos aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 diciembre, en concreto, en el punto segundo del Anexo XII: “Los vehículos de motor y los conjuntos de vehículos en circulación deben llevar los siguientes accesorios, repuestos y herramientas: … y los conjuntos de vehículos no especiales, deberán llevar, además de la dotación que se establece en el apartado 1 a) y b), un equipo homologado de extinción de incendios, adecuado y en condiciones de uso”.
 
Continuo diciendo que el extintor es obligatorio para vehiculos con remolque no superior a 750kg o no mas 3500kg el peso total del congunto, coche y remolque.
Screenshot_20240206_125339_Samsung Notes.jpg

Desde el principio esta hablando de vehiculos con placa de matricula propia , con obligaciones que los remolques ligeros no tiene, como pasar ITV y tener seguro propio.
 
¿Y es obligación del fabricante a suministrar un extintor sin la correspondiente certificación exacta que al vehículo se dará un uso u otro?
 
Yo creo que si compras un remolque superior a 750 kg , tendria que venir de serie, junto con la rueda de repuesto.
¿Pero con el remolque, o con el coche?

Con el remolque, esta claro. Pero con el coche? Y si luego nunca remolcas nada?

Ojo. Con un Fabia no puedes remolcar nada!
 
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