Ayuda con el seguro del coche y la financiera y rescindir el mismo

franparo

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Buenas,

Como ya he adelantado, me despedido, pero quería pediros ayuda una última vez... (si a los moderadores no les parece mal)

El tema es que el nuevo coche adquirido también es el del Grupo, y he financiado una parte, con lo que me han endosado un par de seguros. Por un malentendido con el comercial, yo entendí que la financiación incluía "gratis" un seguro a todo riesgo el primer año (iluso de mi).

El caso es que he podido rescindir el de "retirada de carnet" y el "de vida" como hicimos con el Karoq, dentro de los 14 primeros días de desistimiento, pero el seguro del coche me ponen pegas... dicen que debo mandarle el nuevo seguro y deben aparecer ellos "VWFS" como beneficiarios, cuando lo leí me quede a cuadros.

Vaya por delante que el seguro del auto, era opcional, así que de una cosa que era opcional, quiero darla de baja dentro de los 14 dias que tenemos para ello, me piden que les ponga de beneficiarios...y si no lo hubiera cogido de primeras? no me hubieran pedido nada de eso, en fin... un lío importante.

No se si alguno sabéis algo del tema y me podéis echar un cable, porque escribo a "infoseguroscliente@vwfs.com" pero ahí no contesta nadie, y por telefono me dicen que tampoco pueden hacer nada... que escriba al mail anterior.
 

Eidon

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Pero vamos a ver, si es coche esta a tu nombre ¿como narices va a ser el tomador del seguro vwfs?

¿Entiendo que es el seguro obligatorio del coche no? Que como casi todos lo ponemos a todo riesgo.

Es que creo no entiendo bien el tema, si no es algo que no vi en mi vida.
 

Toni Creative

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Buenas,

Como ya he adelantado, me despedido, pero quería pediros ayuda una última vez... (si a los moderadores no les parece mal)

El tema es que el nuevo coche adquirido también es el del Grupo, y he financiado una parte, con lo que me han endosado un par de seguros. Por un malentendido con el comercial, yo entendí que la financiación incluía "gratis" un seguro a todo riesgo el primer año (iluso de mi).

El caso es que he podido rescindir el de "retirada de carnet" y el "de vida" como hicimos con el Karoq, dentro de los 14 primeros días de desistimiento, pero el seguro del coche me ponen pegas... dicen que debo mandarle el nuevo seguro y deben aparecer ellos "VWFS" como beneficiarios, cuando lo leí me quede a cuadros.

Vaya por delante que el seguro del auto, era opcional, así que de una cosa que era opcional, quiero darla de baja dentro de los 14 dias que tenemos para ello, me piden que les ponga de beneficiarios...y si no lo hubiera cogido de primeras? no me hubieran pedido nada de eso, en fin... un lío importante.

No se si alguno sabéis algo del tema y me podéis echar un cable, porque escribo a "infoseguroscliente@vwfs.com" pero ahí no contesta nadie, y por telefono me dicen que tampoco pueden hacer nada... que escriba al mail anterior.
A ver.
Por lo poco que yo entiendo.
El seguro de tu vehículo debe ir a tu nombre (como tomador del seguro), debe ir como conductor habitual (el que sea), pero... si que puedes poner o exigir que te pongan los posibles beneficiarios que cobrarán las posibles indemnizaciones (teniendo en cuenta tanto indemnizaciones por lesiones, como por fallecimiento).
Quiero suponer que ellos querrán aparecer como beneficiarios en caso de fallecimiento para asegurarse que cobran. Pero creo que esta práctica vuelve a ser ilegal.
Tanto el contrato de un seguro que no quieres (y que puedes cancelar antes de 30 dias naturales desde la firma del mismo) como esa presumible obligación de que ellos tengan la potestad de decidir que son beneficiarios en un seguro particular contratado por un particular. Eso si, quizás lo que si que pueden exigirte un comprobante de que el coche está asegurado para que la financiera esté más tranquila.
 

Eidon

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A ver.
Por lo poco que yo entiendo.
El seguro de tu vehículo debe ir a tu nombre (como tomador del seguro), debe ir como conductor habitual (el que sea), pero... si que puedes poner o exigir que te pongan los posibles beneficiarios que cobrarán las posibles indemnizaciones (teniendo en cuenta tanto indemnizaciones por lesiones, como por fallecimiento).
Quiero suponer que ellos querrán aparecer como beneficiarios en caso de fallecimiento para asegurarse que cobran. Pero creo que esta práctica vuelve a ser ilegal.
Tanto el contrato de un seguro que no quieres (y que puedes cancelar antes de 30 dias naturales desde la firma del mismo) como esa presumible obligación de que ellos tengan la potestad de decidir que son beneficiarios en un seguro particular contratado por un particular. Eso si, quizás lo que si que pueden exigirte un comprobante de que el coche está asegurado para que la financiera esté más tranquila.
Es que no tiene sentido ninguno, siendo ese supuesto que yo también empiezo a verlo así.

¿Estas seguro que en un todo riesgo puedes poner beneficiarios? En uno de vida esta claro pero en el TR yo creo que no.

Tienes un accidente se repara el coche o si es siniestro en los dos primeros años, valor nuevo del vehículo.

Si te genera una invalidez te pagarán a corde a las tablas y si por desgracia falleces pues el pago a tus herederos, no a la financiera eso se cubre con el de vida si quieres y si no pues ya verán como cobran, no sé si me explico...

Y sobre la tranquilidad de la financiera, que se tomen una tila, ellos no son nadie para obligarte a sacar un seguro, si eres tan "listo" como para andar sin seguro en el coche el problema es tuyo la financiera puede decir misa.
 

Toni Creative

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Es que no tiene sentido ninguno, siendo ese supuesto que yo también empiezo a verlo así.

¿Estas seguro que en un todo riesgo puedes poner beneficiarios? En uno de vida esta claro pero en el TR yo creo que no.

Tienes un accidente se repara el coche o si es siniestro en los dos primeros años, valor nuevo del vehículo.

Si te genera una invalidez te pagarán a corde a las tablas y si por desgracia falleces pues el pago a tus herederos, no a la financiera eso se cubre con el de vida si quieres y si no pues ya verán como cobran, no sé si me explico...

Y sobre la tranquilidad de la financiera, que se tomen una tila, ellos no son nadie para obligarte a sacar un seguro, si eres tan "listo" como para andar sin seguro en el coche el problema es tuyo la financiera puede decir misa.
A ver. Seguro, seguro solo hay seguro en esta vida, que cuando venga a Asturias, me vas a llevar a comer un cachopo de p.m. con Cabrales... el resto de seguro, seguro, no hay nada.

Lo del beneficiario... Pues mira. Yo soy de los que me pica la curiosidad de todo aquello que me rodea y no conozco . He estado buscando en Tito Dave (digo tito google) y me ha salido esta web de Fenix directo donde habla de los beneficiarios:
.
Yo sigo pensando que no hay que mezclar las terneras con las ovejas merinas, pero como no soy abogado, no puedo ni se la legislación de la pe a la pa.
Por lo que más de una vez he leído, es que por la compra de un vehículo y/o la contratación de una financiación, no pueden obligarte a contratar servicios adicionales que tu no desees. Eso lo tengo claro clarinete, pero seguro, pues al 99.99% pero al 100% no.
Si tu contratas una financiación, no veo que obligación tengo que tener yo de contratar el seguro que la financiera quiera (y encima pagarlo yo), pero aún me parece más de recibo, que si tu te contratas un seguro, ellos te obliguen a que les pongas a ellos de beneficiarios (que como digo, lo contratas tú, con los parámetros que desees).
Yo creo que si te plantases delante de un juez, este le diría a una financiera, que si quiere figurar como beneficiario, que la financiera pague un seguro (en la modalidad que le apetezca) con las coberturas que le apetezca. Porque la ley obliga a todo vehículo matriculado (y no dado de baja) a tener un seguro obligatorio... Pero puedes tener dos, si te place!
 

Eidon

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A ver. Seguro, seguro solo hay seguro en esta vida, que cuando venga a Asturias, me vas a llevar a comer un cachopo de p.m. con Cabrales... el resto de seguro, seguro, no hay nada.

Lo del beneficiario... Pues mira. Yo soy de los que me pica la curiosidad de todo aquello que me rodea y no conozco . He estado buscando en Tito Dave (digo tito google) y me ha salido esta web de Fenix directo donde habla de los beneficiarios:
.
Yo sigo pensando que no hay que mezclar las terneras con las ovejas merinas, pero como no soy abogado, no puedo ni se la legislación de la pe a la pa.
Por lo que más de una vez he leído, es que por la compra de un vehículo y/o la contratación de una financiación, no pueden obligarte a contratar servicios adicionales que tu no desees. Eso lo tengo claro clarinete, pero seguro, pues al 99.99% pero al 100% no.
Si tu contratas una financiación, no veo que obligación tengo que tener yo de contratar el seguro que la financiera quiera (y encima pagarlo yo), pero aún me parece más de recibo, que si tu te contratas un seguro, ellos te obliguen a que les pongas a ellos de beneficiarios (que como digo, lo contratas tú, con los parámetros que desees).
Yo creo que si te plantases delante de un juez, este le diría a una financiera, que si quiere figurar como beneficiario, que la financiera pague un seguro (en la modalidad que le apetezca) con las coberturas que le apetezca. Porque la ley obliga a todo vehículo matriculado (y no dado de baja) a tener un seguro obligatorio... Pero puedes tener dos, si te place!

La parte segura de tú respuesta ni lo dudes ni un segundo, vas a comer el mejor cachopo que existe en Asturias y por consecuencia en España, ya sabéis eso de Asturias es España y el resto.... :roflmao:


Ahora fuera coñas, algo nos perdemos con este tema, esta claro que la ley dice que todo vehículo dado de alta tiene que tener un seguro, pero la financiera no es nadie para obligarte a ello.

Y en el tema beneficiario incluso después de leer el enlace que pones, no termino de ver claro esa designación a la financiera en el TR.

Por poner un ejemplo, vehículo de empresa, tomador del seguro el propietario vamos la empresa, conductor habitual quien toque y si pasa algo en daños la empresa recibe la indemnización, pero claro si es el conductor el que sufre esos daños no es la empresa la que cobra...

Y yo jamás vi que pudiera modificar eso en un seguro de coche, y entre empresa y míos pasaron unos cuantos por mis manos.

Igual @LZM como letrado que es nos puede aclarar algo mas....
 

franparo

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Muchas gracias por vuestras aportaciones, les he mandado el seguro del coche, para que vean que está asegurado (x si era eso lo que me pedían), les daré un par de días y volveré a llamar sino contestan, y a ver si consigo hablar con alguien, porque los que te atienden llegan hasta donde llegan, y de este tema me dicen que no pueden hacer nada.

Si no consigo nada me plantaré en Alcobendas y de allí no me voy sin ver a alguien de seguros (esto no se si funcionará) pero ya puestos...

Yo estoy con vosotros que no me pueden obligar a anda, más que nada porque no era obligatorio de primeras contratarlo,a cuento de que ahora si.
 

LZM

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A ver, la figura del beneficio existe, es válida tiene sentido que se aplicase. En caso de pérdida total, la financiera se queda sin la garantía sobre el bien que tenía reconocida mediante la reserva de dominio. Así las cosas, tú podrías cobrar el seguro y la financiera quedarse a expensas de una reclamación judicial si no le quisieras pagar. Con lo que ellos plantean, desaparecido el bien financiado la aseguradora pagaría a la financiera y esta debería devolverte el importe que después de sumar principal e intereses, no le correspondiese cobrar.

Esto es sólo una explicación de lo que ellos parece que quieren que hagas. Francamente sin ver lo que firmaste es difícil saber qué obligación real tienes de hacerles beneficiarios y de las consecuencias de no hacerlo. Al menos en mi contrato eso no figura, pero imagino que también aplicarán cláusulas en función del criterio de su departamento de riesgos, importe del coche y cantidad financiada o simplemente cómo les vaya pintando la cosa con otros clientes.
 

Toni Creative

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A ver, la figura del beneficio existe, es válida tiene sentido que se aplicase. En caso de pérdida total, la financiera se queda sin la garantía sobre el bien que tenía reconocida mediante la reserva de dominio. Así las cosas, tú podrías cobrar el seguro y la financiera quedarse a expensas de una reclamación judicial si no le quisieras pagar. Con lo que ellos plantean, desaparecido el bien financiado la aseguradora pagaría a la financiera y esta debería devolverte el importe que después de sumar principal e intereses, no le correspondiese cobrar.

Esto es sólo una explicación de lo que ellos parece que quieren que hagas. Francamente sin ver lo que firmaste es difícil saber qué obligación real tienes de hacerles beneficiarios y de las consecuencias de no hacerlo. Al menos en mi contrato eso no figura, pero imagino que también aplicarán cláusulas en función del criterio de su departamento de riesgos, importe del coche y cantidad financiada o simplemente cómo les vaya pintando la cosa con otros clientes.
Pero para eso estava el seguro de deceso que ha todos nos han metido o nos han querido meter con la financiación. Ese seguro si que estaba pensado para ello. Pero el seguro del coche? Cuando yo compré el coche, me ofrecieron el seguro (que ahora, viendo lo que cuentan, es posible que ese seguro que me ofreciesen, también tendría la clausula de beneficiarios para ellos). Pero no lo quise. Anule el de deceso y el de retirada, y a mi nadie me dijo que en el contrato de seguro particular los tuviera que meter a ellos.
Que ocurre si el seguro no lo contrata el comprador del vehículo y lo compra un tercero? También obligan a un tercero que nada tiene que ver con la financiera a poner a la financiera de beneficiario?....Es un supuesto, claro esta.
 

LZM

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Pero para eso estava el seguro de deceso que ha todos nos han metido o nos han querido meter con la financiación. Ese seguro si que estaba pensado para ello. Pero el seguro del coche? Cuando yo compré el coche, me ofrecieron el seguro (que ahora, viendo lo que cuentan, es posible que ese seguro que me ofreciesen, también tendría la clausula de beneficiarios para ellos). Pero no lo quise. Anule el de deceso y el de retirada, y a mi nadie me dijo que en el contrato de seguro particular los tuviera que meter a ellos.
Que ocurre si el seguro no lo contrata el comprador del vehículo y lo compra un tercero? También obligan a un tercero que nada tiene que ver con la financiera a poner a la financiera de beneficiario?....Es un supuesto, claro esta.
Por orden.
El seguro de vida cubriría el importe del vehículo frente a la financiera no en caso de siniestro o pérdida total, sino en caso de fallecimiento del deudor, o sea tu. Con este seguro el asegurado eres tú, pero el beneficiario es la financiera. Así el coche quedaría pagado y libre de esa carga ante tus herederos.

En caso de siniestro o pérdida total si no mantienes un seguro a todo riesgo, continuarás obligado al préstamo o en este caso a su devolución de forma anticipada al desaparecer el objeto del mismo.

Es en ese punto donde la financiera quiere más amarre. Si desaparecido o destrozado el coche, el seguro indemniza, que esa indemnización sea a favor de ellos y no tuyo. Si su garantía se materializa en dinero, que lo haga directamente a su favor.

Esto tiene una lógica mayor aún si nos paramos a pensar que la situación actual es bastante cambiante y pueden darse casos en los que, sin quererlo el titular del préstamo, por su situación económica al recibir esa indemnización se vea retenida o embargada y no atienda al pago del préstamo, poniéndose VW a la fila.

Puede que las condiciones de la financiación hayan cambiado. En la mía no hay ninguna mención a eso ni se me ha indicado nunca.

Claro que pueden obligarte por contrato a mantener un seguro que cubra al coche, lo único que podría cuestionarse, porque habría que ver si es abusivo, es que te obligasen a contratarlo y mantenerlo con ellos.

Recordemos que la reserva de dominio, aunque no lo queramos entender así cuando financiamos, es una garantía asimilable a la hipoteca. Que el coche figure a tu nombre no lo hace tuyo, figura inscrito en el registro de bienes muebles con esa carga.

La reserva de dominio tiene varias interpretaciones doctrinales... una cómo una división de la propiedad pura en uso y disfrute (deudor) y propiedad y dominio (acreedor) o en una capacidad del acreedor de retrotraer la consolidación de la propiedad por la falta de pago.
 

Toni Creative

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Por orden.
El seguro de vida cubriría el importe del vehículo frente a la financiera no en caso de siniestro o pérdida total, sino en caso de fallecimiento del deudor, o sea tu. Con este seguro el asegurado eres tú, pero el beneficiario es la financiera. Así el coche quedaría pagado y libre de esa carga ante tus herederos.

En caso de siniestro o pérdida total si no mantienes un seguro a todo riesgo, continuarás obligado al préstamo o en este caso a su devolución de forma anticipada al desaparecer el objeto del mismo.

Es en ese punto donde la financiera quiere más amarre. Si desaparecido o destrozado el coche, el seguro indemniza, que esa indemnización sea a favor de ellos y no tuyo. Si su garantía se materializa en dinero, que lo haga directamente a su favor.

Esto tiene una lógica mayor aún si nos paramos a pensar que la situación actual es bastante cambiante y pueden darse casos en los que, sin quererlo el titular del préstamo, por su situación económica al recibir esa indemnización se vea retenida o embargada y no atienda al pago del préstamo, poniéndose VW a la fila.

Puede que las condiciones de la financiación hayan cambiado. En la mía no hay ninguna mención a eso ni se me ha indicado nunca.

Claro que pueden obligarte por contrato a mantener un seguro que cubra al coche, lo único que podría cuestionarse, porque habría que ver si es abusivo, es que te obligasen a contratarlo y mantenerlo con ellos.

Recordemos que la reserva de dominio, aunque no lo queramos entender así cuando financiamos, es una garantía asimilable a la hipoteca. Que el coche figure a tu nombre no lo hace tuyo, figura inscrito en el registro de bienes muebles con esa carga.

La reserva de dominio tiene varias interpretaciones doctrinales... una cómo una división de la propiedad pura en uso y disfrute (deudor) y propiedad y dominio (acreedor) o en una capacidad del acreedor de retrotraer la consolidación de la propiedad por la falta de pago.
Me encanta como hablas!
 

franparo

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Bueno, por fin todo solucionado, hoy he conseguido contactar por teléfono y me ha atendido un chica con ganas de ayudar.

Por un lado me ha explicado que en todos los contratos de financiación viene una cláusula que dice que la financiera debe aparecer como beneficiaria en el seguro del coche... pero... es algo que no controlan y creo que nadie leemos, yo por lo menos.

Al haber firmado el seguro con ellos, pues ya no hacen la vista gorda, y me lo pedían porque aparece en el contrato.

Al final, la chica ha vistque el coche tenía Reserva de Dominio, y como que ha dicho que daba igual... que me lo quitaba... un par de clics y listo.

Muchas gracias a todos por vuestra ayuda y comentarios, me ha bajado la cuota otro pico... 13 eurillos más
 

Carlosfer

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Buenas a tod@s,
soy Carlos y próximamente voy a adquirir un Skoda Karoq Sportline. El caso es que al financiar me obligan a meter el seguro de vida y retirada de carné.
Iluso de mi, le he comentado al comercial si habría opción de cancelar los seguros y me ha dicho que si lo cancelo antes de 3 años y un día me quitarían los descuentos asociados a la financiación....Alguien que haya adquirido uno hace poco y haya leído alguna cláusula al respecto?
O creéis que podría cancelarlo antes de 30 días sin penalización? No me gustaría que por hacer la gracia de bajar la cuota me toque pagar más...

muchísimas gracias por vuestra ayuda y gracias por aceptarme en el club
 
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avenocturna

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Buenas a tod@s,
soy Carlos y próximamente voy a adquirir un Skoda Karoq Sportline. El caso es que al financiar me obligan a meter el seguro de vida y retirada de carné.
Iluso de mi, le he comentado al comercial si habría opción de cancelar los seguros y me ha dicho que si lo cancelo antes de 3 años y un día me quitarían los descuentos asociados a la financiación....Alguien que haya adquirido uno hace poco y haya leído alguna cláusula al respecto?
O creéis que podría cancelarlo antes de 30 días sin penalización? No me gustaría que por hacer la gracia de bajar la cuota me toque pagar más...

muchísimas gracias por vuestra ayuda y gracias por aceptarme en el club
Hombre, yo lo compre en diciembre, a mi el concesionario me regalo con mapfre el seguro a todo riesgo ( no leí las condiciones del seguro ), pero se que vale algo mas de 400 euros, me da igual quien sea el beneficiario si muero o lo que sea, en ese caso la financiera cogería lo que le falta por cobrar y el resto a los herederos, en mi caso a la señora, eso es así por ley.
Yo lo financie porque la señora no lo quería pagar entero,le gusta tener un colchón en el banco, así que por 2000 euros mas, lo financie a 3 años, ( si lo pago antes si que pierdo bonificacion o descuentos, vamos los 2000, quedo a pre ) NO me mandaron hacer ningún seguro de vida, si lo hacen los mando a la ******, yo y mi señora tenemos hace años nuestro propio seguro de vida por los niños, pero hacer uno porque skoda mande, de eso nada.
No se ahora, pero antes eso de hacer un seguro de vida te lo mandaban hacer cuando hacías una hipoteca, pero por un coche, ni de coña.

Hazlo y que te lo pagen ellos los 3 años
 

manu5

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Hombre, yo lo compre en diciembre, a mi el concesionario me regalo con mapfre el seguro a todo riesgo ( no leí las condiciones del seguro ), pero se que vale algo mas de 400 euros, me da igual quien sea el beneficiario si muero o lo que sea, en ese caso la financiera cogería lo que le falta por cobrar y el resto a los herederos, en mi caso a la señora, eso es así por ley.
Yo lo financie porque la señora no lo quería pagar entero,le gusta tener un colchón en el banco, así que por 2000 euros mas, lo financie a 3 años, ( si lo pago antes si que pierdo bonificacion o descuentos, vamos los 2000, quedo a pre ) NO me mandaron hacer ningún seguro de vida, si lo hacen los mando a la ******, yo y mi señora tenemos hace años nuestro propio seguro de vida por los niños, pero hacer uno porque skoda mande, de eso nada.
No se ahora, pero antes eso de hacer un seguro de vida te lo mandaban hacer cuando hacías una hipoteca, pero por un coche, ni de coña.

Hazlo y que te lo pagen ellos los 3 años
Skoda no te ha regalado ningun seguro. Te ha metido en la financiación un seguro para un año, que te va a estar cobrando durante los tres años de financiación.
 

avenocturna

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Blanco Luna Met.
Skoda no te ha regalado ningun seguro. Te ha metido en la financiación un seguro para un año, que te va a estar cobrando durante los tres años de financiación.
No dije skoda, dije el concesionario, yo compre el coche en una feria de esas que hacen muchos concesionarios juntos, y como el mismo tipejo del concesionario tiene una aseguradora te hacia el el seguro, como pferta, reclamoo como le llames, si comprase el coche fuera del recinto no tenia el seguro, el del conce tambien gana al hacer clientes en su aseguradira, en mi caso solo un año
 

manu5

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Blanco Luna Met.
No dije skoda, dije el concesionario, yo compre el coche en una feria de esas que hacen muchos concesionarios juntos, y como el mismo tipejo del concesionario tiene una aseguradora te hacia el el seguro, como pferta, reclamoo como le llames, si comprase el coche fuera del recinto no tenia el seguro, el del conce tambien gana al hacer clientes en su aseguradira, en mi caso solo un año
Perdón. Leí mal.
 

xaviergs

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Hay que revisar las condiciones de las financieras. Muchas de ellas incluyen en la cuota mensual un suplemento por seguro de vida y pérdida de carnet de conducir, de los que se puede desistir, con el consiguiente recalculo de cuotas
 
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